Operaciones profesionales
OPERACIONES PROFESIONALES CON AVATRADE
con AvaTrade
y conviértase en un profesional
Para poder abrir una cuenta profesional deberá satisfacer al menos dos de los siguientes criterios:
- Actividades operativas suficientes en los últimos 12 meses
- Deberá haber realizado transacciones, por un volumen significativo y en el mercado relevante, con una frecuencia media de 10 por trimestre en los cuatro trimestres anteriores (a través de AvaTrade o de otros proveedores). Mercado relevante: derivados extrabursátiles, como CFD apalancados y divisas.
- Se requieren estados de cuenta recientes (del último mes) en formato pdf, abiertas brókeres regulados, como prueba de que cumple el requisito de experiencia.
- Trabaja, o ha trabajado, en el sector financiero durante al menos un año en calidad de profesional, lo cual requiere conocimientos de las transacciones o servicios en los que desee participar, del tipo de derivados extrabursátiles como CFD apalancados o divisas.
- Una letra de su empleador confirmando que ha trabajado durante más de un año en el sector financiero, indicando que sus funciones requerían conocimientos sobre operaciones con derivados extrabursátiles apalancados, como demostración de que satisface el requisito de experiencia en este tipo de transacciones.
- Cartera de instrumentos financieros de más de €500,000. Los instrumentos financiero incluyen acciones, derivados (solamente depósitos en efectivo realizados para financiar/beneficios materializados de inversiones en derivados), instrumentos de deuda y depósitos de efectivo. No incluye cartera de bienes inmuebles, titularidad directa de materias primas o valores teóricos de instrumentos apalancados.
- Estados (pueden ser electrónicos) de cuentas bancarias recientes (del último mes) y/o estados de cuentas operativas en formato pdf, abiertas en brókeres regulados, como prueba de que satisface el requisito de cartera de instrumentos financieros de más de €500,000.
Nota: lo anterior (Proceso comercial profesional) se aplica solo a los siguientes países (según las regulaciones de la UE):
Austria, Italia, Bélgica, Letonia, Bulgaria, Lituania, Croacia, Luxemburgo, Chipre, Malta, República Checa, Países Bajos, Dinamarca, Polonia, Estonia, Portugal, Finlandia, Rumanía, Francia, Eslovaquia, Alemania, Eslovenia, Grecia, España, Hungría , Suecia, Irlanda, Reino Unido.